jueves, 16 de octubre de 2014


RESOLUCIÓN DE LA FEDERACIÓN ARGENTINA 
DE AJEDREZ (FADA)


La Federación Argentina de Ajedrez, debe velar por el cumplimiento de todas las normas Reglamentarias y Éticas, asegurando  que toda la actividad ajedrecística se desarrolle en el marco del fair play.
Para poder cumplir con esta regla autoimpuesta, la FADA debe estar al tanto de toda la actividad ajedrecística desarrollada por organizadores y árbitros.
Con el fin de dar cumplimiento a este marco conceptual, se decidieron las medidas reglamentarias que a continuación se detallan:
  1. Toda entidad afiliada que organice un Torneo, valido o no para el ELO, debe solicitar a FADA la autorización del mismo en lo que compete a la autoridad arbitral que tendrá a cargo el mencionado torneo.
  2. Todo arbitro registrado con ID en FIDE de Argentina, debe solicitar autorización a la Federación Argentina de Ajedrez para poder ejercer su función en cualquier Torneo,dentro o fuera del territorio argentino.
  3. Los Cursos válidos para Títulos de Árbitros Regionales, Nacionales y/o FIDE, deberán ser explícitamente solicitados y autorizados por la FADA. Por lo que, tanto los organizadores como los árbitros, deben dirigirse a la Federación Argentina, quien emitirá la autorización correspondiente.
Sirva la presente como Reglamentación Oficial.
                                                                                       Ing. Mario Petrucci  
                                                                                              Presidente
                                                                              Federación Argentina de Ajedrez   

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